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Ofrecerán servicios de 'Cruzadas por Juárez' en Parajes de Oriente
Será a partir de las 9:00 de la mañana en la Secundaria Federal 21

Dámaris Arellanes
06 de mayo del 2025, 08:39
Ciudad Juárez.- Este martes a través del programa Atención a las Causas el Gobierno Municipal acercará servicios gratuitos para los vecinos de la colonia Parajes de Oriente.
A partir de las 9:00 de la mañana en la Secundaria Federal 21 se dispondrán modelos de atención y servicio de dependencias como Bienestar Animal quien llevará vacunas antirrábicas, así como baños garrapaticidas y colocación de chips.
También se contará con atención de la Dirección de Ecología con fumigación en la colonia, así como recolección de basura electrónica. También acudirán modelos de salud, el Instituto Municipal de la Mujer, Limpia y la Junta de Reclutamiento.
La jornada de este martes culminará a la 1:30 de la tarde y se retomará mañana con atención de Centros Comunitarios, Desarrollo Social, Juventud, servicios de SUMA, además de Limpia con destilichadero y la Junta Municipal de Reclutamiento.
La culminación de esta edición será el 9 de mayo, de 2:30 a 7:30 de la tarde, en la calle Puerto Tarento y Desierto de Baja California, por lo que se invita a los vecinos del sector a acudir a aprovechar los servicios.

Cancelan 'Abrazos No Muros' en Juárez y El Paso

07 de mayo del 2025, 19:02
Ciudad Juárez.- La doceava edición de "Abrazos No Muros" fue cancelada debido a que la frontera entre El Paso y Ciudad Juárez ahora es parte de una zona militar.
El evento programado para el sábado 10 de mayo permitiría que madres pudieran reunirse con sus hijos en la frontera con El Paso.
Fernando García, director ejecutivo de la Red Fronteriza por los Derechos Humanos (BNHR) dijo que ya se tenía el permiso de la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos, la Guardia Nacional de Texas, la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA), pero la declaración de la frontera como zona militar, bajo el cargo del Departamento de la Defensa (DOJ), impidió que se efectúe el evento por una decisión de la administración de Donald Trump.
La última edición de "Abrazos No Muros" se llevó a cabo el 2 de noviembre, Día de Muertos, cuando más de 200 familias pudieron reunificarse por unos minutos. El evento instala una plataforma de madera en la cuenca del río Bravo, donde voluntarios acompañan a las familias y aplican protocolos de seguridad para brindarles un espacio seguro para volver a abrazar a sus seres queridos.
Juicio de amparo explicado: Todo lo que necesitas saber
07 de mayo del 2025, 17:47
Ciudad Juárez.- Las leyes mexicanas y la protección a los derechos humanos son un binomio inquebrantable. El juicio de amparo surge en este país como una de las herramientas para proteger esos derechos fundamentales. El experto en materia de amparo, el maestro Carlos Fabián Gómez Chávez nos explica el origen de este recurso y qué es lo que debemos conocer sobre este en una entrevista para Revista Net.
Ruth González (RG) NET: A manera general, nos puede explicar ¿cómo se conforma y funciona el sistema judicial?
Carlos Gómez (CG): El Poder Judicial es uno de los tres poderes que integra la Federación como el Estado. El país es una Federación, la cual está compuesta de estados miembros y tiene tres poderes, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.
El Judicial federal se compone de origen por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). A un lado está el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ese solo se ocupa de cuestiones específicamente electorales. Luego, abajo de la Suprema Corte están el Consejo de la Judicatura Federal y los Tribunales Colegiados de Circuito y hacia abajo los juzgados de distrito y unitarios de circuito.
En el Poder Judicial, en los estados, lo compone el Tribunal Superior de Justicia del Estado que tiene salas por materia civiles, penales, familiares y que están, en lo general, en la ciudad de Chihuahua y tiene salas regionales aquí en Juárez y en Parral.
Entonces, la propia Constitución, el Congreso de la Unión y los congresos de los estados, a través de la emisión de leyes determinan cuándo va a intervenir el Poder Judicial de la Federación y cuándo va a intervenir el Poder Judicial del estado. Por ejemplo, en el caso que nos ocupa, pues es el Poder Judicial de la Federación, porque la Constitución establece el juicio de amparo.
RG NET: ¿Qué es un amparo?, y ¿qué es un juicio de amparo?
CG: El juicio de amparo es una figura jurídica mexicana. Nació en México y en toda Latinoamérica fue replicada, este mecanismo nace justamente para defender los derechos de las personas contra los actos de las autoridades.
Cuando una autoridad emite un acto u omisión de algo que está obligada por la ley, que es en mi beneficio. Yo puedo acudir al juicio de amparo para hacer que la autoridad cumpla con su obligación y actúe, o bien, que ese acto se analice desde el punto de vista constitucional para ver si se vulneraron o se violentaron los derechos humanos.

Por ejemplo, cuando voy al hospital y les digo: —oiga, vengo a surtir mi receta de medicinas—. Y me responden: —no hay medicinas—. Entonces, la autoridad está negando el derecho al acceso a la medicina.
La primera ley de amparo, como explica el experto, se abrogó en 1939, está estipulada en los artículos 103 y 107 constitucionales. Ha tenido varias reformas, la más importantes en 2011 y 2013, al impactar el juicio de amparo.
Desde entonces, como explica el experto, el juicio de amparo es un medio de control constitucional de carácter judicial que tiene como principal objetivo asegurar la protección y garantía de los derechos humanos de todas y todos frente a actos, omisiones o normas emitidas y aplicadas por cualquier autoridad, sin importar si se trata de autoridades locales o federales.
Existen dos tipos de amparos, el directo (particular y autoridad) y el indirecto.
RG NET: ¿En qué consiste el amparo directo e indirecto?
CG: De manera más sencilla, el amparo directo es como la última instancia, o bien, es la última oportunidad que tiene una persona de defender un juicio. Los juicios, todos más o menos tenemos una idea […] existen juicios civiles, laborales, penales, mercantiles, familiares, ¿verdad? Finalmente, tienen una sentencia. Esa sentencia en algunos casos, dependiendo de la materia que se trate, tiene una segunda instancia que conocen los magistrados estatales o federales, dependiendo del caso. Esa segunda instancia revisa lo que hicieron los jueces. Hay juicios que no tienen segunda instancia, entonces, los juicios que no tienen segunda instancia, pues culminan con la sentencia de ese juzgado.
Los que tienen segunda instancia, ese magistrado resuelve con otra sentencia si esta estuvo bien o estuvo mal, contra lo resuelto en esta última sentencia, en la que puso fin al juicio ya sea en la primera instancia o en la segunda, contra ella procede el juicio de amparo directo. Un tribunal colegiado va a revisar desde el punto de vista constitucional, si el actuar dentro de todo el procedimiento estuvo ajustado a los derechos humanos.
Entonces, el tribunal colegiado es lo último, porque que, salvo casos muy excepcionales, se van a la Suprema Corte.
Entonces, el Tribunal Colegiado en el amparo directo resuelve o analiza todo lo ocurrido en el juicio desde el principio, desde que se presentó la demanda laboral, civil, penal, familiar, etc.
En los casos penales, el procedimiento es para determinar si hubo violaciones procesales, para determinar si hubo violaciones en la misma sentencia, etcétera, con tal de vigilar el respeto a los derechos humanos.
El amparo indirecto suele ser conocido como un “amparo biinstancial”, porque en su tramitación y resolución conocen dos autoridades distintas. Hay dos instancias, el juez de distrito conoce el amparo, este lo resuelve y en caso de que no se esté de acuerdo con lo resuelto por el juez de distrito, procede un recurso de revisión y ese recurso lo conoce también el tribunal colegiado.
RG NET: ¿Por qué se evita el arresto mediante amparo? y ¿cómo procede la suspensión?
CG: Un ejemplo muy clásico en el derecho penal, una persona que cree que tiene una orden de aprehensión presenta un amparo, se admite su demanda y solicita la suspensión. Entonces, el juez de distrito lo que hace es ordena la suspensión, la concede.
La suspensión va a decir: —Por lo pronto, suspendan el acto, ¿qué es?, ¿el acto cuál es?, la orden de aprehensión. La orden de aprehensión, ¿qué tiene como efecto? Pues que, si lo ven los policías, detengan a la persona, ¿verdad?, la suspensión es frenar, suspender, temporalmente. No ejecutes el acto. Entonces, la persona que trae consigo una suspensión contra esa orden de aprehensión, no lo pueden detener. No pueden llegar y poner las esposas.

RG NET: ¿Por qué es importante que la personas que contiendan en la próxima elección tenga experiencia en este tipo de materia?
CG: Es importantísimo que tengan la experiencia y la sensibilidad de los asuntos para poder resolverlos. No podemos pensarlo de otra forma. Definitivamente, no hay un lugar para la inexperiencia en estos lugares, porque al final de cuentas están en juego los derechos de una persona y entonces es mucho, los derechos humanos deben ser inviolables, debemos tener esa esa capacidad y esa experiencia.
Para más información consulta… Revista NET del mes de junio.
Chihuahua: Lo vinculan a proceso por robo cometido a un Oxxo

07 de mayo del 2025, 17:47
Chihuahua.- Sergio Alejandro R. R. fue vinculado a proceso por robo en un local comercial Oxxo en la ciudad de Chihuahua.
Se acreditó su probable responsabilidad en hechos delictivos cometidos el jueves 1 de mayo, a una tienda de conveniencia ubicada en la calle Sierra Magisterial de la colonia Los Nogales.
De acuerdo a la investigación ministerial, el imputado hizo un boquete para ingresar al local. Luego del atraco, el imputado fue detenido en términos de flagrancia, cuando huía del lugar.
El juez dictó la supresión condicional del proceso a prueba, bajo el compromiso que hizo el imputado de pagar la cantidad de 6 mil 844 pesos y diversos pagos por concepto de la reparación del daño, así como cumplir la condicionante de no volverse acercar a la tienda afectada.