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Juicio de amparo explicado: Todo lo que necesitas saber
Este recurso jurídico, 100% mexicano, permite a los ciudadanos protegerse contra el Estado
Ruth González
7 de mayo de 2025, 17:47
Ciudad Juárez.- Las leyes mexicanas y la protección a los derechos humanos son un binomio inquebrantable. El juicio de amparo surge en este país como una de las herramientas para proteger esos derechos fundamentales. El experto en materia de amparo, el maestro Carlos Fabián Gómez Chávez nos explica el origen de este recurso y qué es lo que debemos conocer sobre este en una entrevista para Revista Net.
Ruth González (RG) NET: A manera general, nos puede explicar ¿cómo se conforma y funciona el sistema judicial?
Carlos Gómez (CG): El Poder Judicial es uno de los tres poderes que integra la Federación como el Estado. El país es una Federación, la cual está compuesta de estados miembros y tiene tres poderes, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.
El Judicial federal se compone de origen por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). A un lado está el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ese solo se ocupa de cuestiones específicamente electorales. Luego, abajo de la Suprema Corte están el Consejo de la Judicatura Federal y los Tribunales Colegiados de Circuito y hacia abajo los juzgados de distrito y unitarios de circuito.
En el Poder Judicial, en los estados, lo compone el Tribunal Superior de Justicia del Estado que tiene salas por materia civiles, penales, familiares y que están, en lo general, en la ciudad de Chihuahua y tiene salas regionales aquí en Juárez y en Parral.
Entonces, la propia Constitución, el Congreso de la Unión y los congresos de los estados, a través de la emisión de leyes determinan cuándo va a intervenir el Poder Judicial de la Federación y cuándo va a intervenir el Poder Judicial del estado. Por ejemplo, en el caso que nos ocupa, pues es el Poder Judicial de la Federación, porque la Constitución establece el juicio de amparo.
RG NET: ¿Qué es un amparo?, y ¿qué es un juicio de amparo?
CG: El juicio de amparo es una figura jurídica mexicana. Nació en México y en toda Latinoamérica fue replicada, este mecanismo nace justamente para defender los derechos de las personas contra los actos de las autoridades.
Cuando una autoridad emite un acto u omisión de algo que está obligada por la ley, que es en mi beneficio. Yo puedo acudir al juicio de amparo para hacer que la autoridad cumpla con su obligación y actúe, o bien, que ese acto se analice desde el punto de vista constitucional para ver si se vulneraron o se violentaron los derechos humanos.

Por ejemplo, cuando voy al hospital y les digo: —oiga, vengo a surtir mi receta de medicinas—. Y me responden: —no hay medicinas—. Entonces, la autoridad está negando el derecho al acceso a la medicina.
La primera ley de amparo, como explica el experto, se abrogó en 1939, está estipulada en los artículos 103 y 107 constitucionales. Ha tenido varias reformas, la más importantes en 2011 y 2013, al impactar el juicio de amparo.
Desde entonces, como explica el experto, el juicio de amparo es un medio de control constitucional de carácter judicial que tiene como principal objetivo asegurar la protección y garantía de los derechos humanos de todas y todos frente a actos, omisiones o normas emitidas y aplicadas por cualquier autoridad, sin importar si se trata de autoridades locales o federales.
Existen dos tipos de amparos, el directo (particular y autoridad) y el indirecto.
RG NET: ¿En qué consiste el amparo directo e indirecto?
CG: De manera más sencilla, el amparo directo es como la última instancia, o bien, es la última oportunidad que tiene una persona de defender un juicio. Los juicios, todos más o menos tenemos una idea […] existen juicios civiles, laborales, penales, mercantiles, familiares, ¿verdad? Finalmente, tienen una sentencia. Esa sentencia en algunos casos, dependiendo de la materia que se trate, tiene una segunda instancia que conocen los magistrados estatales o federales, dependiendo del caso. Esa segunda instancia revisa lo que hicieron los jueces. Hay juicios que no tienen segunda instancia, entonces, los juicios que no tienen segunda instancia, pues culminan con la sentencia de ese juzgado.
Los que tienen segunda instancia, ese magistrado resuelve con otra sentencia si esta estuvo bien o estuvo mal, contra lo resuelto en esta última sentencia, en la que puso fin al juicio ya sea en la primera instancia o en la segunda, contra ella procede el juicio de amparo directo. Un tribunal colegiado va a revisar desde el punto de vista constitucional, si el actuar dentro de todo el procedimiento estuvo ajustado a los derechos humanos.
Entonces, el tribunal colegiado es lo último, porque que, salvo casos muy excepcionales, se van a la Suprema Corte.
Entonces, el Tribunal Colegiado en el amparo directo resuelve o analiza todo lo ocurrido en el juicio desde el principio, desde que se presentó la demanda laboral, civil, penal, familiar, etc.
En los casos penales, el procedimiento es para determinar si hubo violaciones procesales, para determinar si hubo violaciones en la misma sentencia, etcétera, con tal de vigilar el respeto a los derechos humanos.
El amparo indirecto suele ser conocido como un “amparo biinstancial”, porque en su tramitación y resolución conocen dos autoridades distintas. Hay dos instancias, el juez de distrito conoce el amparo, este lo resuelve y en caso de que no se esté de acuerdo con lo resuelto por el juez de distrito, procede un recurso de revisión y ese recurso lo conoce también el tribunal colegiado.
RG NET: ¿Por qué se evita el arresto mediante amparo? y ¿cómo procede la suspensión?
CG: Un ejemplo muy clásico en el derecho penal, una persona que cree que tiene una orden de aprehensión presenta un amparo, se admite su demanda y solicita la suspensión. Entonces, el juez de distrito lo que hace es ordena la suspensión, la concede.
La suspensión va a decir: —Por lo pronto, suspendan el acto, ¿qué es?, ¿el acto cuál es?, la orden de aprehensión. La orden de aprehensión, ¿qué tiene como efecto? Pues que, si lo ven los policías, detengan a la persona, ¿verdad?, la suspensión es frenar, suspender, temporalmente. No ejecutes el acto. Entonces, la persona que trae consigo una suspensión contra esa orden de aprehensión, no lo pueden detener. No pueden llegar y poner las esposas.

RG NET: ¿Por qué es importante que la personas que contiendan en la próxima elección tenga experiencia en este tipo de materia?
CG: Es importantísimo que tengan la experiencia y la sensibilidad de los asuntos para poder resolverlos. No podemos pensarlo de otra forma. Definitivamente, no hay un lugar para la inexperiencia en estos lugares, porque al final de cuentas están en juego los derechos de una persona y entonces es mucho, los derechos humanos deben ser inviolables, debemos tener esa esa capacidad y esa experiencia.
Para más información consulta… Revista NET del mes de junio.
Frena Gas LP incremento de precio
05 de April del 2026, 20:41
Ciudad Juárez.- El precio del Gas Licuado de Petróleo (LP) mantuvo el costo máximo respecto a la semana anterior y frenó cuatro semanas consecutivas con precios al alza en Juárez, de acuerdo con el reporte que publica semanalmente la Comisión Nacional de Energía (CNE).
Actualmente el precio máximo del hidrocarburo para la semana del 5 al 11 de abril, es de 17.51 pesos por kilogramo o de 9.46 pesos por litro.
Pese al aumento consecutivo en el precio, Juárez se ha mantenido como el municipio con precios más bajos, ya que, en localidades como Madera, Matachí y Temósachic, el costó llegó a 20.63 pesos por kilogramo.
Respecto al resto del país, Juárez se mantiene como uno de los municipios con límite de precio más bajo, ya que entidades como Sinaloa, el gas LP a 22.47 pesos.
Vinculan a proceso a presuntos defraudadores de jubilados del IMSS
05 de April del 2026, 20:32
Chihuahua.- La Fiscalía General del Estado informó en un comunicado que obtuvo este domingo 5 de abril, la vinculación a proceso de Cristina Isabel M. L., y Martín De Jesús H. C., por el delito de fraude agravado.
El agente del Ministerio Público, acreditó la probable responsabilidad de los imputados, ante el Juez de Control del Distrito Judicial Morelos, conocedor de la causa penal 908/2026.
“La investigación ministerial señala que, desde octubre de 2025 hasta los primeros meses de 2026, Cristina Isabel M. L., y Martín De Jesús H. C., ofrecieron incrementar las pensiones de jubilación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través de Facebook y de voz en voz, mediante una empresa denominada ‘Consultoría Legal’” se explicó en le comunicado.
Las víctimas acudieron a la oficina que instaló la supuesta empresa, sobre la avenida Zarco, en la colonia Salud, en donde fueron atendidas por “asesores”, quienes describían cuál era el trámite a seguir y la cantidad de dinero que debían pagar, que generalmente se trataba de 9 mil 200 pesos.
Lo anterior, bajo la promesa de que a los tres meses recibirían un retroactivo en el aumento de su pensión, pero al no ocurrir los afectados decidieron poner la denuncia.
En la audiencia de vinculación a proceso, el juez impuso a los imputados la prisión preventiva, y concedió un plazo de cuatro meses como plazo para la investigación complementaria.
Realiza Protección Civil operativo por Pascua
05 de April del 2026, 20:31
Ciudad Juárez.- Ante la afluencia de juarenses en distintos puntos visitados tradicionalmente por los festejos de Pascua, Protección Civil Municipal realizó un operativo de seguridad.
Entre las acciones preventivas realizadas por la corporación estuvo la verificación de que las albercas contaran con las medidas de seguridad y salvavidas certificados.
También se realizó un constante monitoreo a lo largo de El Chamizal, puntos de afluencia como las compuertas, Samalayuca y tramos carreteros.
A lo largo del día no se han reportado eventualidades en las que personas resultaron con lesiones ni consecuencias fatales en sitios públicos por esta celebración.
