Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó un criterio que podría modificar las operaciones de compraventa de inmuebles en México, al establecer que los compradores podrían generar una obligación fiscal cuando adquieren una propiedad por un precio considerablemente inferior a su valor comercial.

De acuerdo con la resolución, la diferencia entre el valor real del inmueble y el monto pagado puede considerarse un ingreso acumulable, por lo que estaría sujeta al pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).

El criterio señala que cuando el precio de compra sea inferior en más de 10 por ciento al valor comercial de la propiedad, las autoridades fiscales podrán analizar la operación y determinar si existe un beneficio económico gravable para el comprador.

Para establecer el valor real de los inmuebles se utilizarán avalúos realizados por corredores públicos o instituciones autorizadas, los cuales servirán para comparar el precio pactado con el valor de mercado.

La Suprema Corte indicó que la medida busca combatir prácticas de subvaluación en el mercado inmobiliario y fortalecer el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Asimismo, precisó que el impuesto no se genera por la intención de las partes involucradas en la operación, sino por el beneficio patrimonial que obtiene una persona al adquirir una propiedad por un monto significativamente menor a su valor real.

Los ministros señalaron que este criterio será aplicable de manera general, sin importar el tipo de inmueble o las condiciones particulares de la compraventa.

Según la SCJN, el margen del 10 por ciento constituye una referencia razonable para distinguir las variaciones normales del mercado de aquellas operaciones que pueden representar un incremento patrimonial relevante para el comprador.

Especialistas consideran que esta resolución podría influir en futuras negociaciones inmobiliarias, incrementar la importancia de los avalúos profesionales y brindar mayor claridad sobre los elementos que las autoridades fiscales tomarán en cuenta para determinar cuándo procede el cobro del ISR en este tipo de adquisiciones.