Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció en 2025 un criterio sobre los descuentos de créditos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) durante los periodos de incapacidad médica, bajo las condiciones previstas en la resolución.
El criterio busca brindar certeza jurídica a los trabajadores que dejan de recibir ingresos por una incapacidad avalada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). De acuerdo con la información proporcionada, la resolución contempla la posibilidad de suspender las retenciones salariales correspondientes al crédito de vivienda, conforme a las condiciones legales aplicables.
El tema surgió tras la reforma a la Ley del Infonavit aprobada a principios de 2025, que incorporó en la fracción III de su artículo 29 disposiciones relacionadas con la continuidad de los descuentos durante los periodos de incapacidad. El criterio de la Corte aborda la aplicación de esa obligación cuando el trabajador se encuentra ausente por motivos de salud.
La suspensión de los descuentos salariales no significa que desaparezca el crédito ni que se pierda el derecho a la vivienda. El tratamiento de los pagos y su reanudación dependerán de las condiciones establecidas en la resolución y de las disposiciones legales aplicables.