Estados Unidos impondrá un nuevo requisito sanitario para todos los vuelos que aterricen en su territorio: a partir del 3 de noviembre de 2026, cada viajero deberá firmar una certificación que acredite que no estuvo en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos al embarque. La medida, anunciada por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), tiene como objetivo frenar la posible propagación del virus del Ébola desde África central.
La obligación alcanza a cualquier persona, sin importar su nacionalidad o país de origen, incluidos ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes legales y tripulaciones de aeronaves de pasajeros y de carga. También aplica a itinerarios con escala en territorio estadounidense, como un vuelo de América Latina a Europa con conexión en Miami, Atlanta o Dallas. La aerolínea mexicana Volaris difundió la disposición a través de sus redes sociales, alertando a sus pasajeros sobre el nuevo requisito.
Alcance y excepciones de la medida
La orden, modificada el 28 de octubre, permite presentar la declaración en formato físico o digital. Las aerolíneas deberán implementar sus propios procedimientos para recibir y conservar los documentos, ya sea mediante sistemas en línea, aplicaciones móviles o en mostradores y puertas de embarque. Cada viajero debe presentar su propia certificación, y las compañías están obligadas a verificar que esté completa y firmada antes de permitir el abordaje.
Los CDC contemplan excepciones para aeronaves que transporten personas con ébola bajo autorización del gobierno estadounidense y para individuos con exenciones específicas por motivos humanitarios o evacuaciones médicas de emergencia. Sin embargo, la norma no aplica a aviones que sobrevuelen Estados Unidos sin aterrizar.
Período de espera y cómputo
Quienes hayan estado en la República Democrática del Congo deberán esperar 21 días completos fuera del país antes de volar a Estados Unidos. Los CDC utilizan un sistema de días calendario: la fecha de salida se considera día 0 y el primer día completo fuera es día 1. El viaje podrá realizarse a partir del día 22, y esta restricción también alcanza a ciudadanos estadounidenses y titulares de Green Card.
La agencia aclaró que una escala en un aeropuerto congoleño cuenta como presencia física, incluso si el viajero no salió de la terminal o permaneció dentro del avión. La única excepción para tránsito aéreo es sobrevolar el territorio sin aterrizar.
Condiciones para Uganda y Sudán del Sur
Para quienes hayan estado en Uganda o Sudán del Sur en los 21 días previos, los CDC imponen condiciones según nacionalidad y estatus migratorio. Los ciudadanos estadounidenses podrán ingresar, pero solo por aeropuertos designados para controles de salud pública. Los extranjeros y residentes permanentes legales, incluidos los titulares de Green Card, no podrán entrar hasta que pasen 21 días desde su salida de esos países.
Estas reglas son adicionales a la declaración sanitaria obligatoria para todos los vuelos internacionales hacia Estados Unidos. Los CDC también recomiendan evitar viajes a las provincias de Ituri y Kivu del Norte, y posponer los no esenciales a Haut-Uélé y Tshopo.
Vigencia y sanciones
La orden permanecerá vigente hasta el 18 de diciembre de 2026 a las 23:59, hora del Este, o hasta que los CDC la modifiquen o rescindan. Las aerolíneas deben conservar copias de las declaraciones durante al menos 42 días y ponerlas a disposición del gobierno si se solicita.
La declaración se presenta bajo la sección 1001 del título 18 del Código de Estados Unidos, que sanciona la entrega de información falsa con multas y prisión. No presentar el documento impedirá abordar, salvo exención oficial. Los CDC informaron que hasta el 28 de octubre no había casos confirmados de ébola vinculados al brote en Estados Unidos y que el riesgo para la población seguía siendo bajo.