Ciudad de México.- En México avanza el periodo de transición para la vinculación de líneas telefónicas con la Clave Única de Registro de Población (CURP), una medida que ha generado dudas entre usuarios sobre los plazos y las consecuencias para quienes no realicen el registro correspondiente.

A este domingo 21 de junio, restan nueve días para el 30 de junio, fecha establecida como límite para que las líneas móviles queden asociadas a la identidad de su titular. La disposición forma parte de una estrategia orientada a fortalecer el control sobre las líneas telefónicas y reducir el uso de números anónimos vinculados a fraudes, extorsiones y otros delitos digitales.

Aunque la medida aplica a millones de usuarios en el país, también ha generado confusión, ya que no todos los dispositivos con tarjeta SIM están obligados a realizar el mismo procedimiento. La obligatoriedad depende del uso que se le dé a la línea y del tipo de dispositivo en el que esté instalada.

En ese sentido, algunas tarjetas SIM podrán seguir operando después del 30 de junio sin necesidad de vincular la CURP, siempre que no se utilicen como líneas personales de comunicación.

¿Qué líneas podrán seguir funcionando sin registro de CURP?

Las excepciones contemplan aquellas SIM que no funcionan como un número telefónico convencional, sino que están integradas en dispositivos que transmiten datos de forma automática. Estos equipos operan bajo esquemas de comunicación máquina a máquina, sin intervención directa de usuarios.

Entre los casos que podrían quedar fuera de la obligación se encuentran tarjetas SIM utilizadas en sistemas de rastreo, dispositivos de localización y monitoreo remoto, sensores conectados, equipos inteligentes automatizados y tecnologías que solo transmiten datos sin permitir llamadas o mensajes de texto.

También se incluyen aparatos que no cuentan con funciones de voz ni SMS y que utilizan la red móvil exclusivamente para el envío de información técnica o de operación.

Estos dispositivos no se consideran líneas personales, ya que su función no es la comunicación entre individuos, sino la conectividad de sistemas automatizados.

Por ello, antes de asumir una exención, es necesario verificar si la línea corresponde realmente a un equipo especializado o si se trata de un teléfono móvil convencional.

¿Qué teléfonos sí deberán vincular la CURP?

La obligación aplica principalmente a los usuarios de teléfonos móviles tradicionales que utilizan su línea para llamadas, mensajes, navegación en internet o uso de aplicaciones. Esto incluye servicios contratados con operadores como Telcel, AT&T, Movistar, Bait y otras compañías que operan en México.

En estos casos, el número telefónico deberá estar vinculado a la identidad del usuario mediante la CURP. El proceso será gestionado por cada operador, que habilitará los canales correspondientes para realizar el registro.

Los usuarios deberán proporcionar sus datos personales y la documentación solicitada para confirmar la titularidad de la línea, asegurando así el cumplimiento de la medida establecida.