Ciudad Juárez.- El propietario del crematorio Plenitud, José Luis A. C., obtuvo una suspensión provisional en un nuevo juicio de amparo que impide, por el momento, la ejecución de una posible orden de aprehensión en su contra. La medida fue concedida por el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua, dos meses después de que se reabriera el proceso penal en su contra.

En junio de 2025, fueron localizados 386 cuerpos sin cremar en el crematorio Plenitud, en Ciudad Juárez. José Luis A. C. fue detenido y permaneció en prisión preventiva del 30 de junio de 2025 al 13 de febrero de 2026, cuando el Juzgado Séptimo de Distrito le concedió un amparo que derivó en su no vinculación a proceso y su liberación.

Sin embargo, en mayo de 2026, el Segundo Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito revocó por unanimidad ese amparo, dentro del expediente de revisión 94/2026, y el proceso penal fue reabierto. El Tribunal concluyó que el juez federal interpretó de manera incorrecta los verbos rectores “conservar” y “ocultar” cadáveres, conductas atribuidas al imputado por el hallazgo de los cuerpos hacinados.

Cortesía

Por estos hechos, únicamente dos personas fueron detenidas: José Luis A. C. y Facundo Teófilo M. R., empleado del establecimiento y encargado de la operación del crematorio. Ambos fueron vinculados a proceso en julio de 2025 por delitos relacionados con el respeto a los cadáveres o restos humanos, así como por un ilícito previsto en la Ley General de Salud relacionado con el manejo ilícito de cadáveres.

Facundo Teófilo M. R. falleció en octubre de 2025 mientras permanecía en prisión. Meses después, José Luis A. C. obtuvo un amparo que le permitió recuperar su libertad, aunque posteriormente esa resolución fue revocada.

Los abogados de José Luis A. C. difundieron el pasado 28 de julio dos comunicados. En el primero informaron sobre la concesión de la suspensión provisional y, en el segundo, anunciaron la presentación de una queja ante el Tribunal de Disciplina Judicial.

Cortesía

“Legal Estudio Jurídico informa que el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua concedió la suspensión provisional solicitada dentro del juicio de amparo indirecto promovido por José Luis Arellano Cuarón en contra del dictado de una posible orden de aprehensión en su contra, así como de la notificación roja que pudiera haber solicitado alguna Fiscalía”, señaló el despacho.

La resolución otorga una medida cautelar para preservar la materia del juicio de amparo mientras se analiza el fondo del asunto. La defensa precisó que esta determinación no constituye un pronunciamiento sobre la responsabilidad penal del quejoso, sino una protección provisional prevista en la Ley de Amparo.

“El despacho continuará ejerciendo una defensa técnica, responsable y respetuosa de las instituciones, privilegiando el debido proceso y la protección de los derechos fundamentales”, añadió el despacho jurídico.

Con la nueva suspensión provisional, el imputado permanece protegido temporalmente contra la ejecución de una posible orden de aprehensión, mientras la autoridad federal resuelve el fondo del juicio de amparo.