Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio luz verde al Fondo de Pensiones para el Bienestar, un fideicomiso que concentrará cerca de 45 mil millones de pesos de cuentas individuales inactivas de las Afores. La resolución, aprobada por unanimidad este miércoles, dejó sin efecto la impugnación de 185 diputados opositores que consideraban vulnerado el derecho de propiedad.
El pleno respaldó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien desestimó los argumentos de los legisladores. El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, admitió la inquietud social que ha provocado el fondo y pidió que se difundan en el portal oficial la exposición y las diapositivas que sustentan el fallo.
Durante la sesión, Aguilar Ortiz rechazó que se trate de una confiscación o expropiación. "No es así. Yo creo que lo único que está ocurriendo es que se cambia de administrador hacia un mecanismo, este, distinto, pero con todas las garantías, como ya ustedes han señalado, se mantiene la propiedad de los recursos a favor de los trabajadores, se mantiene la posibilidad de que quien pueda recuperarlos se pueda prever", señaló.
La ministra ponente recalcó que los recursos no pierden su carácter privado. "Los recursos depositados en las cuentas individuales continúan siendo en todo momento propiedad de las personas trabajadoras o pensionadas", afirmó. Además, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que el decreto modificó las leyes del Seguro Social, Issste e Infonavit, y estableció una reserva para garantizar la devolución de los fondos cuando sean reclamados.
Esquivel Mossa explicó que el objetivo es asegurar pensiones dignas para quienes cotizaron, equivalentes al último salario mínimo que percibieron. Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa Mejía destacó el componente solidario del mecanismo, que aprovecha recursos no reclamados para complementar otras pensiones sin quitar a sus dueños el derecho a recuperarlos.
Figueroa Mejía puntualizó: "La seguridad social responde a un modelo, hay que también precisarlo, colectivo y solidario, por lo que resulta válido que el legislador establezca mecanismos que permitan aprovechar esos recursos para fortalecer precisamente el sistema, siempre que garantice su restitución cuando estos recursos sean reclamados".
La Corte también determinó que las presuntas irregularidades en el trámite legislativo quedaron subsanadas durante el debate en la Cámara de Diputados. Con esta decisión, el fondo seguirá operando como fideicomiso público con el Banco de México como fiduciario, y las Afores y Pensionissste deberán transferir los recursos de cuentas inactivas cuando el trabajador cumpla 70 años (IMSS) o 75 años (Issste) sin una relación laboral activa.